CAPITULO OCTAVO

GOBIERNO ESCOLAR Y ORGANISMO DE ASESORÍA Y APOYO

 

1. GOBIERNO ESCOLAR

El colegio HERNANDO VÉLEZ MARULANDA de conformidad con el capítulo II de la Ley 115 de 1994 y el capítulo IV del decreto Reglamentario 1860 sobre Gobierno Escolar, los establece como organismo para la participación democrática de todos los estamentos de la comunidad educativa, y estará constituido por los siguientes órganos:

1.1 El Rector Es el representante legal del establecimiento ante las autoridades educativas y demás, y ejecutor de las decisiones del gobierno escolar. Funciones: Las estipuladas en el Artículo 25 de Decreto 1860 de agosto 3 de 1994.

1.2 Consejo Directivo. Como instancia directiva de participación de la comunidad educativa y de orientación académica del establecimiento (Artículo 20 Decreto 1860):

Integrantes: (Artículo 21 Decreto 1860).

El rector; quien lo convoca y lo preside una vez por mes y extraordinariamente cuando lo considere necesario.

Dos representantes del personal docente, elegidos por mayoría de votantes en una asamblea de docentes. Dos representantes de los padres de familia elegidos así: uno por la junta directiva de la asociación de padres de familia y el otro por el consejo de padres.

Un representante de los estudiantes: elegido por el consejo de estudiantes, quienes se reúnen y determinan su representación en un estudiante de grado 11°.

Un represente de los exalumnos (as): elegidos por el consejo directivo, de ternas presentadas por la organización de exalumnos o en su defecto por quien haya ejercido el año inmediatamente anterior el cargo de representante de los estudiantes. Un representante del sector productivo de la zona de influencia del colegio. Elegido por el consejo directivo.

Nota: Los coordinadores académicos y disciplinarios de ambas jornadas, podrán ser invitados según lo amerite la situación para lo que fue convocado al consejo. Asisten con voz pero sin voto.

FUNCIONES : Las asignadas en el Artículo 23 del Decreto 1860 de 1994 y otras que se asigne el consejo directivo.

1.3 CONSEJO ACADÉMICO: Es la instancia directiva de la participación comunitaria en los procesos de orientación académica, pedagógica y evaluativa de la institución.

INTEGRANTES El rector quien lo preside. El coordinador (a) académico (a) y disciplinario (a). Un docente por cada área. FUNCIONES : Las asignadas en el Artículo 24 del Decret1860 de 1994.

 

2. ORGANISMOS ASESORES Y DE APOYO.

2.1 COMITÉ DE DIRECCIÓN. Integrantes Rector. Coordinadores de la básica y la media técnica de la I. E. Hernando Vélez Marulanda . .

FUNCIONES : Integrar el gobierno escolar común. Coordinar e integrar actividades de los diferentes niveles.

Gestionar conjuntamente los proyectos pedagógicos, administrativos . Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el P.E.I.

2.2 Personero de los estudiantes: Será un estudiante que curse grado 11° . Es el encargado (a) de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la Constitución Política, las Leyes, los reglamentos y el manual de convivencia.

El o la personero (a) de los (as) estudiantes será elegido (a) dentro de los treinta días calendario siguientes al de la iniciación de las clases de un período lectivo anual. Para tal efecto el rector convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo (a) por el sistema de mayoría simple o mediante voto secreto.

Funciones : Las asignadas en el artículo 28 del Decreto 1860 de 1994.

2.3 Consejo de Grupo Integrantes : Conformado por 4 representantes de cada grupo elegidos en asamblea de cada grado : Un (o) representante académico (a), un (a) representante de convivencia, un representante de bienestar estudiantil, un(a) representante deportiva.

Funciones : Las asignadas por el área que orienta el proyecto de democracia, el área de educación fisica y otras que asigne el consejo de grupo con el acompañamiento de su director (a).

2.4 Consejo de Estudiantes Es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación democrática de los estudiantes.

Integrantes : 16 Estudiantes por jornada, 2 voceros por cada grado. El consejo directivo convoca dentro de las cuatro primeras semanas del calendario académico a asambleas por grados, con el fin de que elijan del seno de cada curso y mediante votación secreta, 2 voceros estudiantiles para el año lectivo en curso.

Funciones : Servir de canal de comunicación con el Consejo Directivo por intermedio del (la) representante de los estudiantes, quien es integrante de ambos estamentos. Las demás asignadas en el Artículo 29 del Decreto 1860 de 1994.

2.5 Comisión de Evaluación Depende del Consejo Académico. Sobre integrantes y funciones remitirse al Decreto 1860 Artículo 50, Capitulo 7°., numeral 2.1 de este manual.

2.6 Comisión de Promoción Depende del Consejo Académico. Sobre integrantes y funciones remitirse al Decreto 1860 Artículo 50, Capitulo 7° numeral 2.2 de este manual.

2.7 Consejo de Padres: Es un medio para asegurar la continua participación de los padres y acudientes en el proceso pedagógico del establecimiento. Integrantes: Voceros de los padres de los diferentes grados. Se elegirán en los 30 primeros días del año escolar, por mayoría de votos, de los miembros presentes por grados, después de transcurrida la primera hora de convocatoria.

Funciones: Participar en el proceso pedagógico del colegio. Las demás que se asigne el mismo consejo.

2.8 Asociación de Padres de Familia Integrantes: El Consejo Directivo del colegio HERNANDO VÉLEZ MARULANDA promoverá la constitución de la Asociación de Padres de Familia, para lo cual citará a la Asamblea de Padres, quienes elegirán sus representantes conforme a sus estatutos.

Funciones: Las Asignadas en el Artículo 30 del Decreto 1860 de 1994 y las que están consignadas en sus estatutos.

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